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¿Qué valores encierra la cueva del Viento?
La cueva del Viento constituye uno de los tubos volcánicos más importantes del archipiélago
canario, tanto por el gran desarrollo de sus galerías, que llegan a alcanzar alrededor de 18
Km., como por su complejidad horizontal y vertical, conformando un auténtico laberinto de
pasajes que se entrecruzan en tres niveles. Esta complejidad ha dado lugar a una gran diversidad
de estructuras geomorfológicas, pudiéndose encontrar desde grandes salas hasta pasadizos
estrechos, que para superarlos se hace necesario arrastrarse por el suelo. La variedad de formas
en las paredes, techo y suelo, así como la gran variedad de microestructuras volcánicas del tipo
de estalactitas de lava y concreciones de sílice y carbonato cálcico, convierten a esta cueva en
una especie de museo geomorfológico difícil de encontrar en otro lugar del mundo.
A pesar de que son muy difíciles de observar, en el seno de esta red de galerías subterráneas
vive toda una comunidad de especies animales, muchas de ellas especialmente adaptadas a la vida
en unas condiciones ambientales muy características: oscuridad total,
humedad muy elevada, temperatura constante, escasa oferta energética, ausencia de depredadores,
etc. Estos parámetros condicionan una evolución selectiva de las especies hacia modificaciones
morfológicas y fisiológicas tales como la pérdida de ojos, desarrollo de elementos olfatorios,
facilidad para perder agua corporal, bajo consumo de oxígeno, locomoción más pausada, etc.
Por todo ello, la dependencia de muchas de estas especies con respecto al medio es prácticamente
absoluta, y consecuentemente su poder de dispersión es muy bajo, limitándose a pequeñas áreas
del subsuelo, aisladas de otras por barrancos, depósitos arcillosos, o simplemente por zonas
donde la humedad relativa disminuye hasta constituir un condicionante vital. Esto hace que en la
cueva del Viento aparezcan algunas especies exclusivas del subsuelo de la zona y muchas especies
endémicas de la isla de Tenerife. En total se conocen 147 especies de invertebrados en esta
cavidad de las que unas 60 desarrollan su ciclo de vida de forma permanente en el medio
subterráneo. El resto de las especies, no exclusivas de este medio, junto con las raíces de la
vegetación superficial, así como los microelementos arrastrados por él agua a través de las
grietas, contribuyen de modo imprescindible al mantenimiento del ecosistema subterráneo de esta
zona.
La cueva es utilizada también por animales de mayor tamaño como lagartos, murciélagos, conejos y
ratas, casi siempre como refugio, colaborando también en la aportación de materia orgánica al
ecosistema. Algunas especies ya extintas como el lagarto gigante o la rata gigante, usaban
también las galerías de esta cueva, tal y como lo atestiguan los numerosos restos óseos que hoy
nos encontramos en su interior.
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Terrazas laterales en un tramo de la cueva del Viento tapizadas por concreciones de sílice
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¿Qué amenazas pesan sobre este ecosistema subterráneo?
El vertido de aguas residuales en el interior del tubo volcánico ha provocado una afección muy
grave sobre las especies del ecosistema. En algunas de las galerías este efecto es muy notable,
debido a la inexistencia de red de alcantarillado en la zona y a la proliferación de
edificaciones dispersas, de tal forma que estos residuos pasan directamente al medio subterráneo
(todo ello a pesar de que estos terrenos ostentan la calificación de no urbanizable en las
Normas Subsidiarias del Ayuntamiento de Icod de los Vinos). A esta afección se le une la
derivada de los lixiviados agrícolas, debido por un lado a las sales de nitrógeno y fósforo de
los fertilizantes y por otro a los organoclorados y organofosforados de los perticidas.
Según un reciente estudio encargado por la Viceconsejería de Medio Ambiente sobre el análisis de
contaminantes en la cueva, se ha puesto de manifiesto que la concentración de dióxido de carbono
en el aire y la presencia de aguas residuales, determina la distribución de las especies
troglobias y sus poblaciones. Con respecto a los contaminantes organoclorados como Lindano, DDT
y metabolitos derivados, aparecen incluso por bioacumulación en algunas especies típicamente
cavernícolas, lo cual demuestra la incorporación de estos venenos a las cadenas tróficas del
ecosistema.
Paralelamente al aumento progresivo de visitantes que con el tiempo se ha ido observando en esta
cavidad, se ha producido un acúmulo de residuos importante en ciertas galerías y salas donde las
visitas han dejado restos de carburo, pilas eléctricas, papeles, plásticos, velas, restos de
alimentos, etc. Junto a estos impactos hay que añadir los restos de pinturas en paredes y techo, así como los cambios de temperatura y composición del
aire debido a las visitas masivas en ciertas galerías.
Debido a la superficialidad de los tubos volcánicos en esta zona, cualquier actuación
relacionada con la construcción ha provocado y seguiría produciendo un impacto importante, tanto
por la destrucción del techo de la cavidad, como por el aislamiento creado por la edificación
entre el medio superficial, principal suministrador de energía al ecosistema y el medio hipogeo.
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Raíces de la vegetación de superficie que atraviesan el techo de la cueva y permiten el
mantenimiento de una interesante comunidad de fitógafos.
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Galería de la cueva del Viento, con un gran bloque desprendido del techo y arrastrado por el río interno de lava durante la formación del tubo.
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¿Qué estrategias se han adoptado para garantizar su conservación?
Teniendo en cuenta los mencionados valores excepcionales de la cavidad, y como resultado de las
numerosas peticiones realizadas durante los últimos años por instituciones municipales,
insulares, académicas y deportivas, en las que se ha requerido una protección adecuada para la
cueva, se ha iniciado la redacción del Plan de Ordenación de Recursos Naturales de la Cueva del
Viento-Sobrado. En este sentido, la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios
Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, establece en su artículo 24 que, cuando de las
informaciones obtenidas por la Administración competente se dedujera la existencia de una zona
bien conservada y amenazada por un factor de perturbación que potencialmente pudiera alterar su
estado, se establecerá un régimen de protección preventiva que lleve a la iniciación de dicho
Plan. De esta forma, el 20 de septiembre de 1994 se publicó una Orden de la Consejería de
Política Territorial por la que se dispone la elaboración de un PORN en la zona de la cueva del
Viento-Sobrado.
Tal y como establece la Ley 4/1989 en su artículo 7, iniciado el procedimiento de aprobación de
un PORN, y hasta que ésta se produzca, no podrá otorgarse ninguna autorización, licencia o
concesión que habilite para la realización de actos de transformación de la realidad física y
biológica, sin informe favorable de la Administración actuante, en este caso la Vicoconsejería
de Medio Ambiente, informe que deberá ser emitido en un plazo máximo de noventa días.
Los estudios realizados para la confección de este plan han puesto de manifiesto la estrecha
dependencia del ecosistema subterráneo con lo que acontece en el exterior. Por ello, en una
estrategia eficaz de conservación, es imprescindible tener en cuenta los medios que se
desarrollan en la franja superficial de los tubos volcánicos como son el epigeo (en el exterior)
y el hipogeo (en la capa de suelo). Ello obliga a que cualquier planteamiento sobre protección y
conservación del subsuelo deba pasar necesariamente por un mínimo control de lo que ocurre fuera
de él. Asimismo, el desplazamiento de las especies troglobias a través de la red de grietas que
se encuentran en el entorno de las cavidades, obliga a que esta protección se deba extender a un
radio adecuado a su alrededor.
De esta forma se ha buscado una protección integral para el subsuelo y una protección meramente
preventiva para la superficie, de tal forma que todo el subsuelo del ámbito geográfico
delimitado en el PORN pueda ser declarado a través del Parlamento de Canarias como Reserva
Natural Especial, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Espacios Naturales de Canarias,
estableciendo para la superficie un Área de Sensibilidad Ecológica, segun lo dispuesto en el
artículo 25 de la Ley 11/1990, de 13 de julio, de Prevención del Impacto Ecológico.
El plan desarrolla una normativa de protección en superficie, para evitar las afecciones que
pudieran incidir en el ecosistema subterráneo, todas ellas relacionadas con los usos
agropecuarios, forestales, actividades extractivas, edificación, vertidos, investigación,
deportivas, turísticas, trafico de vehículos, etc., señala aquellas actividades que deberán ser
sometidas a Evaluación Detallada de Impacto Ecológico y define las áreas del territorio que por
sus características generales quedarán excluidas del proceso edificatorio. Para el conjunto de
viviendas que se encuentran en el ámbito del PORN se propone la instalación de un sistema de depuración de aguas residuales.
Se establecen además unos criterios orientadores para las diferentes políticas sectoriales que
inciden en el ámbito del PORN, y propone que la regulación de estas políticas se establecerá a
través de los correspondientes Planes Técnicos que deberán cubrir al menos las actividades
agrícolas, ganaderas y forestales, las infraestructuras, actividades de conservación de la
naturaleza, la urbanización y ordenación del territorio, los residuos, la educación ambiental y
la investigación.
La estrategia de protección de la cueva incorpora también la propuesta del establecimiento de
una Servidumbre legal de protección, a través de su inclusión en la Ley de declaración de la
Reserva Natural Especial, con lo cual se le otorga una protección adicional. Esta servidumbre
legal tiene por objeto la utilidad pública del conjunto de galerías volcánicas por las que
discurre la cavidad.
Con el fin de garantizar una protección adecuada al universo de grietas del subsuelo, utilizadas
igualmente por las comunidades de animales hipogeos, el ámbito se extiende hacia los márgenes
del recorrido de la cueva en aproximadamente unos 200-300 metros, constituyendo en su conjunto
un total de 139,5 hectáreas, quedando incluidas en este perímetro las galerías de otra cavidad
importante de la zona, la cueva de Felipe Reventón.
En la actualidad el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Cueva del Viento-Sobrado
se encuentra pendiente del anuncio por parte de la Viceconsejería de Medio Ambiente del inicio
del periodo de información pública, tal y como establece la Ley básica 4/1989 en su artículo 6.
Después de que se analicen e incorporen las alegaciones y alternativas recogidas durante este
periodo, se procederá a la aprobación del PORN por parte del Consejo de Gobierno.
Una vez se establezca la Reserva Natural Especial de la Cueva del Viento-Sobrado, tras su
declaración por el Parlamento de Canarias, será el correspondiente Plan Director de la Reserva
Natural el que ordene los usos a través de la zonificación interior del espacio protegido y
quien defina las condiciones de uso público e investigación que regirán en la zona.
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Ejemplar hembra de loboptera troglobia. Especie anoftalma (sin ojos) característica del medio subterráneo de la zona de la cueva del Viento.
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