PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS PROFESIONALES
Con el fin de facilitar la empleabilidad de los ciudadanos, la movilidad, fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida y favorecer la cohesión social, especialmente de aquellos colectivos que carecen de una cualificación reconocida, se establece esta medida de reconocimiento de competencias profesionales.
Se trata de un conjunto de actuaciones dirigidas a evaluar y reconocer las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
La evaluación y la acreditación tendrán como referentes las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales que estén incluidas en títulos de formación profesional y/o certificados de profesionalidad.
Si las Competencias Profesionales evaluadas al trabajador, no alcanzan a completar las cualificaciones recogidas en algún título de formación profesional o certificado de profesionalidad, se le realiza una acreditación parcial acumulable. De este modo, si así lo desea, el trabajador podrá completar su formación para la obtención del correspondiente título o certificado.
GUÍA DE LA PERSONA CANDIDATA
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Las personas que deseen participar en el procedimiento deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración.
2. Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años los niveles II y III (excepcionalmente, en las convocatorias que se realicen en el año 2010, de evaluación de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel II, se podrán presentar las personas que tengan 19 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción).
3. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieran acreditar:
— En el caso de experiencia laboral: Justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
— En el caso de formación: Justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
FASES DEL PROCEDIMIENTO
La instrucción del procedimiento constará de las siguientes fases:
- Asesoramiento.
Los candidatos y candidatas serán asesorados en la preparación y puesta a punto del proceso de evaluación, así como, en su caso, en el desarrollo del historial profesional y formativo presentado y en la cumplimentación del cuestionario de autoevaluación.
- Evaluación de la competencia profesional.
La evaluación, en cada una de las unidades de competencia en las que se haya inscrito el candidato o candidata, tendrá por objeto comprobar si demuestra la competencia profesional requerida en las realizaciones profesionales, en los niveles establecidos en los criterios de realización y en una situación de trabajo, real o simulada, fijada a partir del contexto profesional.
- Acreditación de la competencia profesional.
A los candidatos o candidatas que superen el proceso de evaluación se les expedirá una acreditación de cada una de las unidades de competencia en las que hayan demostrado su competencia profesional.
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Puedo presentar mi documentación en cualquier momento?
No, el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales se realiza mediante una convocatoria pública, por lo tanto, la propia convocatoria establecerá el plazo para la presentación de la documentación necesaria.
¿Se trata de un curso?
No es un curso, se trata de un procedimiento mediante el cual se pretende comprobar si la persona candidata demuestra tener la competencia profesional requerida en una determinada unidad de competencia profesional, porque la ha adquirido a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
¿Tengo que estudiar para la evaluación?
El procedimiento no tiene por objeto ofrecer un temario para que las personas candidatas lo preparen y se presenten para su evaluación, sino que se evalúa analizando la documentación presentada por el candidato o candidata y utilizando los métodos que se consideren necesarios para comprobar lo explicitado por la persona que presente su candidatura en la documentación aportada.
¿Cuando termine me darán un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional?
Mediante este procedimiento se expedirá, al candidato o candidata, una acreditación de cada una de las unidades de competencia superadas, es decir, no se obtiene directamente un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional.
En cualquier caso, podría ocurrir que la persona candidata complete los requisitos para la obtención de un certificado de profesionalidad o un título de formación profesional, en este supuesto, el Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales le indicará los trámites necesarios para su obtención.
CONVOCATORIAS
En la Comunidad Autónoma de Canarias se han celebrado tres convocatorias experimentales de reconocimiento, evaluación y acreditación de competencias profesionales:
Nuevas convocatorias adaptadas al Real Decreto 122472009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral:
Plazo de presentación de solicitudes finalizado
Pendiente de publicación de listas provisionales