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Para aproximarse al mundo de las autonomías es imprescindible conocer la interpretación que del mismo ha venido haciendo la jurisprudencia, en particular la del Tribunal Constitucional.

Sobre el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma son de interés las sentencias del Tribunal Constitucional 9/2001 y 38/2002 y también las del Tribunal Supremo en recursos relativos al Impuesto Especial sobre Combustibles Derivados del Petróleo, de la que es muestra representativa la de 18 de junio de 1992. Como elementos ilustrativos de Derecho comparado en este aspecto, especialmente significativos por razones de vecindad geográfica, son los estatutos político-administrativos de las regiones autónomas portuguesas de las Azores y de Madeira.

Canarias como región ultraperiférica viene reconocida en el Tratado de la Unión Europea.

El único recurso directo contra el Estatuto de Autonomía de Canarias fue promovido por el Defensor del Pueblo frente a la disposición transitoria primera de la Ley Orgánica 4/1996, sobre el sistema electoral, y fue resuelto por sentencia del Tribunal Constitucional 225/1998.

En relación con el proceso autonómico en su conjunto, la sentencia del Tribunal Constitucional 76/1983 se pronunció sobre la Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico.

La mayor cantidad de sentencias se han referido al sistema de distribución de competencias: en materia de aguas continentales, fundaciones, asociaciones, cultura, comercio, protección de menores, ordenación del territorio y urbanismo, vivienda, costas y ordenación del litoral, medio ambiente, transportes, puertos, industria, juegos y apuestas, sanidad, consumo, crédito, cajas de ahorros, seguros, universidades, mercado audiovisual, Administración local, función pública, ejecución de la legislación laboral, Poder judicial, acción exterior, residencia y trabajo de extranjeros, protección civil y policía y seguridad.

Un buen número de pronunciamientos se refieren a la hacienda y financiación autonómicas y, en particular y por lo que afecta singularmente a Canarias, al Régimen Económico y Fiscal.


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